Extracto de la carta enviada por InvestOPI a los directores de los OPIs el 29 de octubre de 2020 La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación ha regulado la carrera profesional del personal investigador funcionario, estructurándolo en torno a un nuevo diseño de escalas científicas, que se reorganizan para homogeneizar el régimen retributivo, de selección y promoción. Esta Ley supuso el reconocimiento de la reclamación que los científicos de los Organismos Públicos de Investigación (OPI) sectoriales llevábamos muchos años pidiendo, a saber, que nuestro trabajo es equivalente al de los científicos del OPI de mayor tamaño, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, CSIC, y, por tanto, debe reconocerse y remunerarse de igual manera. Esta Ley puso fin, por tanto, a un largo período de discriminación y de agravios comparativos dentro del colectivo de científicos de OPI, por lo que fue recibida con gran satisfacción por nuestra parte. En aquel momento era imposible prever el largo lapso de tiempo que quedaba por esperar para la implantación efectiva de esta legislación. Para empezar, la propia Ley establecía un período de carencia, de forma que el nuevo régimen retributivo debería entrar en vigor el 1 Seguir leyendo